Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El retiro o daño intencional de un preservativo sin el consentimiento de la pareja podría convertirse en una conducta equiparada al abuso sexual en Tamaulipas, con penas de hasta siete años de cárcel, conforme a una iniciativa promovida por el diputado morenista Sergio Arturo Ojeda Castillo.
El proyecto plantea adicionar el artículo 268 Bis al Código Penal estatal para sancionar el llamado stealthing, una práctica que consiste en retirar el condón durante una relación sexual sin que la otra persona lo sepa o lo autorice, o en deteriorarlo deliberadamente para reducir su efectividad.
La propuesta pone el acento en un aspecto central del consentimiento: la decisión de mantener relaciones sexuales puede estar sujeta a condiciones expresas y aceptar el encuentro no significa permitir que estas sean modificadas unilateralmente.
En ese sentido, la iniciativa sostiene que cuando el uso del preservativo constituye una condición para aceptar la relación, retirarlo o dañarlo sin autorización vulnera la autonomía sexual de la persona que confió en que esa condición sería respetada.
“El consentimiento sexual no solo abarca la aceptación del acto, sino las condiciones bajo las cuales se otorga, entre ellas el uso de métodos de barrera”, señala el documento presentado ante el Congreso de Tamaulipas.
El planteamiento contempla una pena de tres a siete años de prisión. La sanción podría aumentar hasta en una mitad cuando la conducta tenga como consecuencia un embarazo o la transmisión de una infección de transmisión sexual.
Uno de los argumentos centrales de la iniciativa es que el consentimiento no debe entenderse como una autorización general e incondicional para realizar cualquier práctica durante un encuentro íntimo.
Por el contrario, el documento considera que las personas pueden establecer límites específicos, entre ellos el uso obligatorio de preservativo, y que incumplirlos de manera deliberada debe tener consecuencias jurídicas.
Bajo este criterio, el stealthing no se limita a retirar un método anticonceptivo, sino que implica modificar sin autorización las condiciones en las que la otra persona aceptó mantener relaciones sexuales.
La conducta también puede presentarse cuando alguien simula utilizar un condón, aunque previamente se haya establecido que su uso es indispensable para el encuentro.
El legislador plantea que la legislación penal debe contemplar expresamente estos supuestos para evitar que la conducta quede fuera de una disposición específica y permitir que sea sancionada en los términos que propone la reforma.
La iniciativa advierte que la eliminación o alteración deliberada del preservativo puede tener consecuencias para la salud sexual y reproductiva de las personas involucradas.
Entre los riesgos señalados se encuentran los embarazos no planeados y la transmisión de infecciones sexuales, incluido el VIH, debido a que el encuentro se desarrolla sin las condiciones de protección que habían sido acordadas.
El proyecto también reconoce que una experiencia de esta naturaleza puede provocar afectaciones emocionales. La exposición de motivos menciona sentimientos de traición, culpa y vergüenza, así como ansiedad y trastornos relacionados con experiencias traumáticas.
Además, señala que determinados contenidos digitales y pornográficos pueden contribuir a normalizar esta práctica al presentarla como una manifestación de dominio sobre la pareja.
Frente a ese escenario, la propuesta sostiene que la respuesta legal debe proteger la libertad de decisión de las personas y reconocer que el uso del preservativo puede ser una condición determinante para otorgar el consentimiento.
La protección, agrega el planteamiento, debe comprender a mujeres y hombres. También considera el supuesto de que una mujer retire o dañe deliberadamente un preservativo sin conocimiento de su pareja, con los riesgos que ello puede implicar para su salud y sus decisiones reproductivas.
Como parte de la justificación, el proyecto menciona antecedentes de Suiza y Alemania, además de resoluciones judiciales en España relacionadas con el alcance del consentimiento sexual y el incumplimiento de las condiciones aceptadas por las personas involucradas.
Asimismo, hace referencia a experiencias legislativas de Canadá, Chile, Colombia, Argentina y el estado de California, en Estados Unidos.
El documento destaca el caso alemán para argumentar que la decisión sobre las condiciones de una relación sexual forma parte de la libertad individual y que el uso del preservativo puede ser relevante para determinar si se respetó el consentimiento.
Con estos antecedentes, Ojeda Castillo propone incorporar una disposición expresa en la legislación de Tamaulipas que permita sancionar el retiro o daño intencional del condón sin autorización.







